Hola,
Algunas aclaraciones en cuanto a ese párrafo:
- Forma parte de un texto que aún no está resuelto. Por lo visto, como se trata de un organismo público, para regular una actividad, es necesario publicar un decreto. El anuncio urgente donde lo habrás visto (Boletin 221 del 17 de noviembre de 2011), creo que es solamente eso un anuncio, aunque desconozco si tiene validez temporal hasta que se resuelva.
- Aplica solamente a la actividad de enseñanza del esquí en San Isidro, es decir: las escuelas autorizadas tendrán preferencia, lo que no implica que nadie más pueda tenerla.
- Solamente está hablando de San Isidro. Leitariegos carece actualmente de normativa propuesta, por lo que... hay dudas: ¿o bien la norma es lo que diga el dueño de palabra (hay quien defiende eso), o bien por tratarse de un organismo público, no hay norma específica de la estación, que esté aprobada mediante decreto, y por tanto, nos tendríamos que remitir a la normativa de ATUDEM, que no sé si habla de la preferencia.
Habrá que ver si se resuelve finalmente la normativa, ya que parece orientada a dejar fuera de la enseñanza a muchas iniciativas que pueda haber, para asegurar la clientela de las actualmente "autorizadas", que son 3 en San Isidro.
El enlace:
http://www.dipuleon.es/frontdipuleon/bo ... ID=1602673Está en las últimas páginas.
Si algún experto en administración o derecho quiere interpretar lo que implica ese documento...